pasantías educativas
Información para:
estudiantes
instituciones, organismos y empresas
departamentos y docentes/investigadores
pasantías educativas disponibles
 
 
Información para instituciones/empresas
¿Quiénes pueden ser pasantes?
   Todos los estudiantes de grado de la Facultad que legalmente acrediten ese estatus.

   Existen algunos casos particulares en los cuales aún los graduados podrían ser pasantes. Más allá de interpretaciones técnicas, la actual política de la Facultad apunta a que, automáticamente, los potenciales beneficiarios de las pasantías sean sólo los genuinos estudiantes de las carreras de grado. La propuesta de una pasantía en beneficio de un graduado, aún satisfaciendo las condiciones legales, eventualmente podría ser aceptada luego de evaluar las justificaciones y el contexto en el que se plantea la misma.
Marco legal y dinámica del sistema
   Las Pasantías Educativas funcionan bajo la regulación de la Ley 25.165 (1999) y decretos complementarios (Dec. 487/2000).

   Las instituciones/empresas demandantes de pasantes firman un Convenio Marco con la Facultad, que debe ser refrendado por la UBA, en el cual se explicitan los derechos y obligaciones que la ley confiere a ambas partes.

   Las instituciones/empresas con Convenio firmado que circunstancialmente estén interesadas en incorporar pasantes, deben necesariamente plantear a la Facultad una búsqueda según el perfil laboral requerido.

   La Facultad se encarga de generar la lista de postulantes, avalada por especialistas propios, que satisfacen, con un grado razonable de ajuste del perfil, los requerimientos de la institución empresa.

   La institución/empresa realiza su propia selección sobre la lista remitida por la Facultad.

   Una vez que está(n) cubierto(s) el(los) puesto(s) a cubrir; la Facultad, el(los) pasante(s) elegido(s) y la insitución/empresa firman un Acuerdo Individual en el que se establecen los detalles particulares del vínculo entre las tres partes (entre otros: objetivos y tareas del pasante, asignación estímulo, horario de trabajo, lugar de trabajo, plazos y condiciones).

¿Su institución/empresa quiere ingresar al sistema? Requisitos.
   Enviar la siguiente documentación:

1 - Nota membretada de la institución/empresa, con firma y sello de la autoridad legalmente habilitada a firmar el Convenio Marco, haciendo una presentación institucional, expresando las motivaciones por las cuales se desea firmar un Convenio de Pasantías Educativas con la FCEyN y describiendo, en forma genérica, las actividades que desempeñarían los eventuales pasantes.
2 - Copia certificada de estatuto social, inscripto en la Inspección General de Justicia, cuyo plazo de duración se encuentre vigente y cuyo objeto no sea extraño al del contrato a celebrarse.
3 - Poder del firmante, en caso de quien firme representando a la personeria jurídica es autoridad societaria se deberá presentar copia certificada que justifique su cargo, con mandato vigente, inscripta de designación en la Inspección General de Justicia.
4 - Si quien firma representando a la personería jurídica es apoderado de la misma se deberá presentar copia certificada de la escritura pública que justifique que el apoderamiento se encuentre vigente y que su firma es suficiente para representar a la persona jurídica privada con facultades suficientes para celebrar el contrato en cuestión.
5 - Copia certificada de su inscripción en la AFIP.

(NOTA: Las actuaciones notariales deben incluir la certificación de un escribano y el aval del Colegio respectivo)

- Solicitar a pasantias@de.fcen.uba.ar los textos del Convenio Marco y del Acuerdo Individual que la Facultad está habilitada a firmar.

- La persona habilitada legalmente a firmar debe presentarse en la OPERL con los originales del Convenio Marco, en hojas sin membrete y por triplicado, y documento de identidad para proceder a la firma en presencia de las autoridades de la Facultad. Opcionalmente, las empresas pueden enviar, en hojas sin membrete y por triplicado, los originales del Convenio Marco con la firma autorizada certificada por escribano. Por su parte, el Decano de la Facultad firma el Convenio Marco ad referendum del Consejo Directivo de la Facultad y del Consejo Superior de la UBA. Sin embargo, la institución/empresa ya está habilitada en ese momento a solicitar búsquedas de pasantes y firmar Acuerdos Individuales posteriormente.

- Búsqueda de Pasantes. Descargar el formulario de perfil de pasante, cargar los requerimientos y condiciones de la pasantía propuesta y enviarlo a pasantias@de.fcen.uba.ar . Es imprescindible completar los campos de llenado obligatorio. El perfil es evaluado por la Facultad y, en caso de no existir objeciones, se inicia la búsqueda.

- Resultados: Aproximadamente una semana después de concluida la bésqueda, la Facultad envía a la institución/empresa el listado de los postulantes con los cuales estaría en condiciones de firmar un Acuerdo Individual por satisfacer las condiciones académicas necesarias para la pasantía.

- La institución/empresa comunica a la Facultad cuál(es) postulante(s), dentro del listado enviado, será(n) asimilados como pasantes.

- La institución/empresa remite por triplicado a la facultad un juego de Acuerdos Individuales con su firma autorizada y la firma del pasante.

Comentarios útiles
    - Si la institución/empresa tiene un vínculo personal previo con algún estudiante de la Facultad y estaría interesada en incorporarlo como pasante, de todas maneras hay que realizar una búsqueda abierta y el acto académico de confrontar el CV del postulante preelegido con el de los otros postulantes que se interesen en la oferta. Si el CV preelegido supera el mínimo de aptitud, la Facultad lo remitirá a la empresa en algún orden dentro de la lista avalada por los evaluadores. Si la institución/empresa, después de comparar postulantes, aún le sigue interesando incorporar al postulante preelegido, recién en esa instancia las tres partes involucradas estarían en condiciones de firmar un Acuerdo Individual.

- Más allá de posibles interpretaciones legales de la ley, del Convenio y de los Acuerdos Individuales, la Facultad pretende que, de hecho, tanto las eventuales rescisiones como las renovaciones decididas unilateralmente por parte de la institución/empresa les sean comunicadas al los pasantes y al Área con al menos treinta (30) días de anticipación.

- Si el pasante se gradúa, en la mayoría de los casos, puede finalizar la pasantía pero es muy importante que se informe a la Facultad.

- No se rechazan postulaciones de estudiantes de la Facultad que estén en el nivel del CBC pero, es importante tener en cuenta, que los evaluadores definen umbrales de aptitud, en general, más altos.

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